Reinscripción anual de operadores yerbateros
El Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) recuerda que durante los meses de octubre y noviembre los operadores, a excepción de Productores, deben presentar ante este Instituto el formulario de reinscripción en la categoría que corresponda, e informar y acreditar toda otra situación que se haya modificado desde la anterior inscripción.
Así lo establece la Resolución 54/2008, donde además se detalla la fecha general para la reinscripción anual de los operadores (salvo Productores):
- Operadores con terminación de CUIT 0 - 1 - 2 - 3 - 4 - 5: último día hábil del mes de octubre de cada año.
- Operadores con terminación de CUIT 6 - 7 - 8 - 9: último día hábil del mes de noviembre de cada año.
Los requisitos y documentación a presentar para Prestadores de Servicio de Cosecha y Flete y Comercializadores pueden consultarse en estos enlaces:
Requisitos y documentación Prestadores de Servicio de Cosecha y Flete.
Requisitos y documentación Comercializadores
Las demás categorías podrán reinscribirse online: con su número de CUIT y contraseña en: Portal INYM