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A partir del 1º de diciembre los productores que no cuenten con la constancia de RENAF vigente serán dados de baja de manera automática del INYM quedando incluidos dentro del Convenio de CCG, siendo pasibles de retención de la Tarifa Sustitutiva completa.

05/11/26
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El INYM recuerda que la exención de retención de la Tarifa Sustitutiva del Convenio de Corresponsabilidad Gremial (CCG) rige a partir del 01 de diciembre del año en curso, siempre que el productor notifique al INYM antes del 15 de noviembre poseer constancia vigente en RENAF.

A tal efecto, se recomienda a todos los productores consultar su estado de empadronamiento en el sitio oficial: https://renaf.magyp.gob.ar/padron/

El registro RENAF no depende del INYM (corresponde a la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social / Capital Humano Nación). Su renovación debe realizarse cada 2 años.

En el caso que no se encuentren en el RENAF, los productores deberán seguir los siguientes pasos:

  1. • Completar el formulario: Llenar la planilla adjunta (titular y grupo familiar).
  2. • Envío por correo: Remitir el formulario escaneado junto con las copias de DNI de todo el grupo familiar a [email protected].
  3. • Notificación al INYM: Una vez obtenido el alta en RENAF, enviar el comprobante por WhatsApp al 3765-151400.

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