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Inscribir planta de acopio temporario

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IMPORTANTE:

Tanto los formularios de inscripción como la documentación a presentar deberá ser en fotocopia certificada por ESCRIBANO O JUEZ DE PAZ (únicamente), entiéndase a copia certificada a la copia fiel del original.

PASO 1:

Inscripción de la Planta o Establecimiento:
Los propietarios o titulares de dominio del Lote donde estarán ubicadas las plantas o depósitos de yerba mate a efectos de la inscripción de los mismos en el Registro creado por la presente Resolución, deberán cumplimentar los siguientes requisitos:

1)Título de propiedad, permisos de ocupación o boleto de compraventa.
2)Informe dominial, (REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL INMUEBLE).
3)Certificado Catastral (DIRECCIÓN DE CATASTRO PROVINCIAL O DEL MUNICIPIO).
4)Habilitación Municipal (otorgado por el Municipio donde se encuentra emplazado el acopio).
5)Plano Municipal aprobado o plano de planta certificado por profesional responsable.
6)Formularios de Planta.
7)Declaración Jurada de Capacidad de Almacenaje.

8) Constituir domicilio especial en la Zona Productora (Provincia de Misiones y departamentos de Santo Tomé e Ituzaingó, provincia de Corrientes).“

Res.INYM 465/2017: Constituir domicilio especial, en el que se tendrán por válidas y eficaces todas las notificaciones, requerimientos y demás comunicaciones administrativas y/o judiciales que al mismo se le cursen, aún cuando se rehusare su recepción o no se retirare en término la pieza de la oficina postal correspondiente, el domicilio se encontrare deshabitado o resultare inexistente. Este domicilio deberá estar constituido sin excepción dentro de la provincia de Misiones o en los departamentos de Santo Tomé o Ituzaingó de la Provincia de Corrientes, y el mismo subsistirá en tanto no sea comunicado en forma fehaciente otro nuevo al INYM.”

PASO 2:

Inscripción del Operador:
Quien explote u Opere en alguno de los establecimientos o Plantas Habilitadas o inscriptas debera presentar a los efectos, los siguientes requisitos:

1)Las personas jurídicas, estatutos o contrato social vigente, las personas físicas fotocopia de DNI.
2)nscripción ante AFIP.
3)Inscripción en Rentas.
4)formulario Registro Unificado de Operadores del Sector Yerbatero (1° y 2° Hoja)
5)formulario Solicitud de Acceso a la dd.jj. Online del INYM
6)Declaración Jurada de Ocupación de báscula.
7)Poder de Representación de la Razón social u Operador, en caso de ser necesario.-
8)Presentar la documentación requerida por el INYM para la ¨Resolución INYM N° 09/2017 a saber: libro de movimientos (que se adquiere en las imprentas), en original a los efectos de la intervención.
9)Manifestación de bienes o declaración de ingresos firmada por Contador Público y certificada por el Consejo profesional que corresponda. ( Res. 465/17)
10)Para ello, quien pretenda inscribirse en la categoría COMERCIALIZADORES, deberá poseer un patrimonio neto igual o superior al equivalente en Pesos de DIECISEIS MIL (16.000) Kilogramos de yerba mate canchada, según lo determinado en las declaraciones juradas del último ejercicio económico. (Res. 465/17).

11)Quienes no puedan acreditar solvencia económica deben constituir una garantía equivalente al 25 % del Patrimonio Neto requerido en el párrafo anterior. Esta garantía de solvencia económica puede hacerse efectiva mediante cualquiera de las siguientes modalidades:

A. Garantía en Aval Bancario. B. Garantía de Caución de Títulos Públicos. C. Garantía mediante la utilización de póliza de Seguro de Caución a favor del INYM por el importe establecido en el punto 10.

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