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A partir de febrero, los molineros, molineros fraccionadores y exportadores tendrán 30 días para el depósito de la Tarifa Sustitutiva.

25/01/24
Institucionales
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Esta operatoria involucra exclusivamente a dichos operadores y el nuevo plazo fue establecido en la Adenda al Convenio de Corresponsabilidad Gremial suscripta por Entidades Representativas de la actividad yerbatera de las Provincias de Misiones y Corrientes y por la UATRE.

De esta manera, el INYM hace saber que a partir del 1º de febrero del año en curso, la Tarifa Sustitutiva del Convenio de Corresponsabilidad Gremial para la Actividad Yerbatera deberá ser depositada por los molineros, molineros fraccionadores y exportadores que denuncien ingresos de yerba mate canchada en las Declaraciones Juradas presentadas ante el INYM, dentro de los treinta (30) días corridos de vencido el plazo general para la presentación de las mismas.

La presente reviste el carácter informativo y da cumplimiento a lo establecido en la Adenda incorporada al mencionado convenio, la cual fue suscripta por las partes el día 18 de mayo del 2023, siendo homologada por Resolución 26/2023 de la Secretaría de Seguridad Social de la Nación, y publicada en el Boletín Oficial el día 23 de octubre del 2023.


Finalmente, la Dirección Nacional de Coordinación de los Regímenes de Seguridad Social de la Nación aprobó un texto ordenado por Disposición 15/2023 publicada en el Boletín Oficial el 15 de noviembre del 2023.

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