Continuaremos la atención por medios digitales
Informamos a todos los operadores del sector yerbatero que, de acuerdo con lo dispuesto por el Gobierno Nacional respecto al Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, mantendremos el funcionamiento con el sistema no presencial y a distancia hasta nuevo aviso, a través de todos nuestros canales: Portal de Internet, correo electrónico, teléfono, redes sociales.
En ese sentido, comunicamos que hemos prorrogado la suspensión de plazos procesales en los expedientes administrativos iniciados por actividades de fiscalización y control tramitados ante este Organismo hasta nuevo aviso, mientras que siga vigente el aislamiento social preventivo y obligatorio.
Esta medida podrá ser extendida en el plazo que sea indicado en futuras modificaciones al vigente Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio dispuesto por DNU del Ejecutivo Nacional.
Garantizamos, además, como se hizo hasta ahora, la provisión de estampillas, según las condiciones informadas oportunamente, con las demoras que pudieran surgir del transporte y entrega de las mismas por la situación actual.
Asimismo, les recordamos que los plazos de
vencimiento de presentación de Declaraciones Juradas, así como vencimiento de
las boletas de pago correspondientes a multas y el Convenio de
Corresponsabilidad Gremial continúan vigentes en las condiciones en las que
fueron emitidas (sin prórrogas, con los plazos y fechas originales).
Durante la vigencia del “aislamiento social preventivo y obligatorio” nuestras oficinas permanecerán cerradas para la atención personal al público, y nuestros funcionarios estarán realizando las tareas en forma de Teletrabajo, ya que todos los trámites pueden realizarse a distancia y/o a través de los canales digitales.
DIRECCIONE SU CONSULTA: Teléfonos y mails para trámites
Les recordamos también que los envíos de documentación deberán realizarse por correo postal a Rivadavia 1515, Piso 1, (3300), Posadas, Misiones, tomándose como fecha de presentación el indicado como recepción del documento por el correo en el sello postal. Por cualquier otro tipo de consulta solicitamos hacerlas de lunes a viernes de 7 a 14 hs. al 0376-4425-273, a o en nuestro sitio de internet www.inym.org.ar.
Reiteramos que, de acuerdo a la letra y el espíritu del Decreto
297/2020 que establece el AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO, la
actividad yerbatera, desde la cosecha hasta la molienda, se encuentra
habilitada y comprendida dentro de las excepciones, como así sus
actividades accesorias necesarias para la producción del alimento “Yerba Mate”,
las que se deberán llevar adelante tomando todas las precauciones descriptas en
el decreto, en las recomendaciones Internacionales, Nacionales, Provinciales y
Municipales.
No obstante esto,
invitamos a todos los operadores de la cadena a resguardar la salud pública y
ante esta situación, movilizar únicamente los recursos necesarios y
esenciales para no interrumpir la cadena productiva, y cumplir con las
recomendaciones publicadas por ministerios y organismos oficiales para
desarrollar las actividades productivas frente a la pandemia de COVID19.
Tal como indican
los organismos sanitarios, evitar la circulación de personas es fundamental
para la disminución de la propagación del virus y es responsabilidad de TODOS.
Llevamos un millón de paquetes de yerba mate por día a los hogares argentinos,
hagámoslo de forma responsable.