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Instituto nacional de la yerba mate

El producto marca HIERBITAL prohibido por la ANMAT es una mezcla de hierbas, no es Yerba Mate

04/02/20
Institucionales
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el INYM considera oportuno aclarar a la opinión pública que no se trata de un producto alimenticio encuadrado en el Código Alimentario Argentino (C.A.A.) como Yerba Mate, sino de una mezcla de hierbas

Con referencia a la decisión tomada por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), que dispuso la semana pasada prohibir el uso, comercialización y distribución del producto rotulado como “Hierbas Serranas con Yerba Mate, marca Hierbital” y que fuera elaborado en la provincia de Córdoba, el INYM considera oportuno aclarar a la opinión pública que no se trata de un producto alimenticio encuadrado en el Código Alimentario Argentino (C.A.A.) como Yerba Mate, sino de una mezcla de hierbas para preparar una infusión, que en su mayor parte se encuentra compuesta por poleo, peperina y menta, y solo un pequeño porcentaje de yerba mate.





En ese sentido, cabe recordar que el C.A.A. es preciso acerca de lo que se considera “Yerba Mate” (Ilex paraguariensis Saint Hilaire), con sus diversas presentaciones admitidas (Yerba Mate Elaborada con Palo; con Palo con Bajo Contenido de Polvo; con Palo para Tereré; Despalada o Despalillada; Tostada; Yerba Soluble, Mate Instantáneo, Extracto de Mate en Polvo, Concentrado de Mate; Yerba Mate en saquitos y Yerba Mate Compuesta o Aromatizada)

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Particularmente, en su artículo 1198 el C.A.A. define que bajo la denominación “Yerba Mate Compuesta o Yerba Mate Aromatizada” se incluye al producto que contenga como mínimo un 60% de yerba mate elaborada en su composición, exigiendo además que las hierbas que se adicionen, deben ser de reconocida inocuidad fisiológica y satisfacer las exigencias establecidas en el código y/o en la Farmacopea Nacional Argentina.





Por este motivo, es importante señalar que el lote del producto marca “Hierbital” que fuera prohibido por la ANMAT, no es Yerba Mate, ya que no se encuadra en la definición que reserva el capítulo XV del Código Alimentario Argentino para el producto Yerba Mate y sus variantes.





El INYM hace llegar este comunicado para reconocer la importancia del accionar de la ANMAT y los organismos sanitarios provinciales que intervienen en el control bromatológico de los alimentos que se consumen y, al mismo tiempo, para recordar que el Instituto participa activamente en la tarea de control y prevención realizando entre otras tareas, el monitoreo y toma de muestras de todos los productos que contengan yerba mate.





En este caso en particular, fueron los propios inspectores del INYM los que realizando auditorías de rutina en la empresa AVARO Hnos S.R.L., efectuaron la toma de muestra de los productos alimenticios que elaboraba, y en el marco del convenio de cooperación que posee con el Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Misiones, remitieron las muestras al Laboratorio Central de la Provincia - Dirección de Saneamiento Ambiental - quienes luego de las tareas y análisis de rigor, determinaron que el producto marca “Hierbital” no se ajustaba las disposiciones del C.A.A. por tener presencia de Salmonella, Recuento de Escherichia Coli y esporas de presunto Bacillus Cereus, dando inicio al expediente federal de control de alimentos, e intervención a la autoridad alimentaria con Jurisdicción en la Provincia de Córdoba (por ser el domicilio del Elaborador) y Nacional (ANMAT).


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