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Instituto nacional de la yerba mate

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Paso 1:

Inscripción de la Planta o Establecimiento:

Los propietarios o titulares de dominio del Lote donde estarán ubicadas las plantas o depósitos de yerba mate, a efectos de la inscripción de los mismos en el Registro creado por la presente Resolución, deberán cumplimentar los siguientes requisitos:

  1. Título de propiedad, permisos de ocupación o boleto de compraventa.
  2. Informe dominial, (REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL INMUEBLE)
  3. Certificado Catastral (DIRECCIÓN DE CATASTRO PROVINCIAL O DEL MUNICIPIO)
  4. Plano Municipal aprobado o plano de planta certificado por profesional responsable.-
  5. Formularios de Depósitos (uno por cada Depósito o Planta de estacionamiento Acelerado)

IMPORTANTE: Tanto los formularios de inscripción como la documentación a presentar deberá ser en fotocopia certificada por ESCRIBANO O JUEZ DE PAZ (únicamente), entiéndase a copia certificada a la copia fiel del original.

Paso 2:

Inscripción del Operador:

Quien explote u Opere en alguno de los establecimientos o Plantas Habilitadas o inscriptas deberá cumplir los siguientes requisitos:

  1. Las personas jurídicas, estatutos o contrato social vigente.
  2. Las personas físicas fotocopia de DNI.
  3. Inscripción ante (AFIP).
  4. Inscripción en Rentas o constancia de exención.
  5. Informar al INYM en el formulario habilitado, las personas autorizadas a firmar, siendo el límite máximo el de tres (3) personas.
  6. Formulario Inscripción Operador.
  7. Contrato alquiler o similar (en caso de no ser el titular del dominio o propietario de la planta)
  8. Formulario solicitud acceso a DDJJ Online.