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Solicitar nuevas plantaciones (requisitos para inscriptos después del 31 de octubre 2021)

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IMPORTANTE: SI ES REPOSICIÓN DE PLANTINES NO ES NECESARIO REALIZAR ESTE TRÁMITE.

La Resolución 170/2021 propone un ordenamiento de la actividad yerbatera respecto a la incorporación de nuevas plantaciones.

Consulte los requisitos y documentación a presentar y las categorías para solicitar nuevas plantaciones.

Categorías

A) Requisitos Titulares de dominio

B) Requisitos para Plantaciones nuevas de Yerba Mate Sucesiones.

C)Requisitos para Plantaciones nuevas de Yerba Mate Propietarios (Boleto Compra Venta).

D)Requisitos para Plantaciones nuevas de Yerba Mate Permisionarios

E) Requisitos para Plantaciones nuevas de Yerba Mate No Titulares con Derecho a Explotación Productiva.

Importante:

  • Toda la documentación debe ser impresa en tamaño oficio y presentada en mesa de entradas del INYM (Rivadavia 1515, 1 er piso, Posadas, Misiones, CP 3300).

  • Se hace saber que toda la documentación enviada en copia, deberá encontrarse en copia certificada ante Escribano o Juez de Paz, así como también la firma de los formularios deberán estar certificadas.-

Glosario

  • Titulares de dominio: Quiere decir que el que pretende solicitar la autorización tiene título de Propiedad a su nombre.
  • Condominio: el terreno me pertenece a mí y a otra persona.
  • Permisionarios: el terreno es Fiscal.
  • Derecho a Explotación Productiva: el terreno es de otra persona, pero ésta me hace un contrato de arrendamiento o similar.
  • Plantación Nueva: sobre un lote nuevo, o bien un lote donde se desea agregar a los existentes.
  • Replante: Sobre la misma superficie de yerba ya declarada ante el INYM, que dicha plantación no existe más por muerte de estas, incorporando más plantines, con posible modificación de densidad y/o marco de plantación.
  • Entre Líneos: plantaciones que se realicen entre líneos de plantaciones existentes.
  • Reposición: se solicita reponer plantas secas/ muertas dentro de un lote ya declarado ante el INYM sin alterar la densidad original de la plantación.
  • Identificación Planimétrica: es un mapas o croquis, donde identifico exactamente dónde se dispondrá la nueva plantación.

Punto GPS:

Son las coordenadas para ubicar geográficamente las plantaciones de yerba.

¿Por qué se piden? Porque muchas veces las parcelas no se pueden ubicar porque han sido subdivididas o bien en la documentación no figura.

¿Cómo sé cuáles son mis coordenadas?

Gracias a la tecnología de hoy, es fácil:

1. En el celular, bajo la aplicación MAPS.ME, que es gratuita, liviana y segura, y me voy a uno de los cuadros de yerba.

2. Abro la aplicación que no necesita tener conexión de internet ni paquetes de datos. Una vez abierto me aparece una flechita azul, la cual debo tocar y hará que en mi pantalla aparezcan algunos datos de ubicación.

3. Si deslizo un poco esa información, veré unos números al lado de un círculo azul que adentro tiene una flechita blanca: esos números son los que tengo que poner en el formulario; en Punto GPS S va la primera tanda de números, hasta la coma (,) y en W la otra parte.

A)Titulares de Dominio

  1. Estar inscripto como Productor en el Registro Unificado de Operadores del Sector Yerbatero ó remitir la documentación correspondiente para realizar la inscripción como tal.
  2. Formulario Nuevas Plantaciones.
  3. Formulario de Solicitud de Afectación al Inmueble a nombre del titular dominial o propietario, con la firma del Administrador Judicial o el Tercero autorizado.
  4. Copia del DNI, Contrato Social o Estatuto Vigente.
  5.  Copia del Título de Propiedad.
  6. Identificación Planimétrica e identificación mediante Punto GPS del lugar exacto donde se realizaría el cultivo.

B) Requisitos para Plantaciones nuevas de Yerba Mate Sucesiones:

  1. La Sucesión o Persona autorizada deberá estar inscripto como Productor en el Registro Unificado de Operadores del Sector Yerbatero ó remitir la documentación correspondiente para realizar la inscripción como tal.
  2. Formulario de Solicitud de Afectación al Inmueble a nombre del titular dominial o propietario, con la firma del Administrador Judicial o el Tercero autorizado.
  3. Copia Acta Defunción.
  4. Copia de designación y aceptación al cargo de Administrador Judicial ó Declaratoria de Herederos y autorización de los declarados herederos a favor del tercero ó Libreta de Familia con declaración jurada de Únicos y Universales Herederos y autorización de los declarados herederos a favor del tercero.
  5. Copia del DNI, Contrato Social o Estatuto Vigente.
  6. Formulario Nuevas Plantaciones a nombre del Productor.
  7. Copia del DNI del Productor.
  8. Copia del Título de Propiedad ó cadena de Boletos Compra Venta que acrediten la titularidad a nombre del Causante
  9. Identificación Planimétrica e identificación mediante Punto GPS del lugar exacto donde se realizaría el cultivo.

C)Requisitos para Plantaciones nuevas de Yerba Mate Propietarios (Boleto Compra Venta):

  1. Estar inscripto como Productor en el Registro Unificado de Operadores del Sector Yerbatero ó remitir la documentación correspondiente para realizar la inscripción como tal.
  2. Formulario de Solicitud de Afectación al Inmueble.
  3. Formulario Nuevas Plantaciones.
  4. Copia del DNI, Contrato Social o Estatuto Vigente.
  5. Cadena de Boletos de compra venta que cumplan con las condiciones dispuestas por el Art. 1170 del Código Civil y Comercial de la Nación, que permitan llegar al Titular Dominial.
  6. Identificación Planimétrica e identificación mediante Punto GPS del lugar exacto donde se realizaría el cultivo.

D)Requisitos para Plantaciones nuevas de Yerba Mate Permisionarios:

  1. Estar inscripto como Productor en el Registro Unificado de Operadores del Sector Yerbatero ó remitir la documentación correspondiente para realizar la inscripción como tal.
  2. Formulario de Solicitud de Afectación al Inmueble.
  3. Formulario Nuevas Plantaciones.
  4. Copia del DNI, Contrato Social o Estatuto Vigente.
  5. Copia del Permiso de Ocupación vigente, Adjudicación de Tierras ó Constancia actualizada de la Subsecretaría de Tierras y Colonización u Organismo que correspondiere al caso.
  6. Identificación Planimétrica e identificación mediante Punto GPS del lugar exacto donde se realizaría el cultivo.

E) Requisitos para Plantaciones nuevas de Yerba Mate No Titulares con Derecho a Explotación Productiva:

  1.  Estar inscripto como Productor en el Registro Unificado de Operadores del Sector Yerbatero ó remitir la documentación correspondiente para realizar la inscripción como tal.
  2. Formulario de Solicitud de Afectación al Inmueble con los datos y firma certificada del Titular de dominio o Propietario.
  3. Copia del DNI del Titular de dominio o Propietario.
  4. Título de Propiedad o Cadena de Boletos Compra Venta que cumplan con las condiciones dispuestas por el Art. 1170 del Código Civil y Comercial.
  5. Formulario Nuevas Plantaciones con los datos y firma del solicitante.
  6. Copia del DNI, Contrato Social o Estatuto Vigente.
  7. Instrumento legal que habilite a la explotación productiva yerbatera del inmueble afectado, por un período no menor a cuatro años.
  8. Identificación Planimétrica e identificación mediante Punto GPS del lugar exacto donde se realizaría el cultivo.

Se hace saber que toda la documentación enviada en copia, deberá encontrarse en copia certificada ante Escribano o Juez de Paz, así como también la firma de los formularios deberán estar certificadas.-