La Resolución 16/2017 establece que que los titulares de Plantas inscriptas en el Registro de Plantas de la Actividad Yerbatera, deberán presentar al INYM la Constancia de Aprobación de Balanza emitida por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI).
1)Deben presentar en mesa de entradas del INYM, copia certificada del Certificado emitido por el INTI, con la fecha de vigencia.
Importante: No es necesario presentar notas.
Secaderos, acopiadores, molino – fraccionadores y fraccionadores de yerba mate.
Hasta el hasta el día 31/12/2020
Aquellas plantas que no contaren con balanza, deberán informar la balanza en la que se efectúa el pesaje, a efectos de que desde este Instituto se verifique su aprobación correspondiente.