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Se flexibilizan condiciones para la reinscripción de operadores yerbateros

26/03/25
Institucionales
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A través de la Resolución 35/2025, el Directorio del INYM resolvió eliminar el impedimento que representaban las multas firmes impagas para la reinscripción anual o inscripción de operadores en el Registro Unificado de Operadores del Sector Yerbatero. La medida fue publicada el pasado martes 25 de marzo en el Boletín Oficial de la República Argentina y busca avanzar en un proceso de simplificación y modernización de trámites dentro del organismo.

Cabe aclarar que esta medida no implica una condonación de las deudas, ya que el INYM continuará con las gestiones de cobro correspondientes a través de sus mecanismos administrativos, extrajudiciales o judiciales, según cada caso.

La normativa deja sin efecto varios incisos clave de la Resolución 54/2008 que condicionaban la reinscripción de los operadores al cumplimiento estricto del pago de deudas, aranceles o multas. A partir de ahora, estos pasivos no serán un obstáculo para que los actores del sector puedan inscribirse o continuar operando.

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El cambio fue impulsado tras un dictamen de la Subcomisión de Fiscalización que sesionó el 18 de marzo, en el marco del expediente “Simplificación y modernización de los requisitos y trámites de los registros del INYM”. En dicha reunión se acordó que los pasivos por sanciones no deberían restringir la operatividad de los actores productivos, especialmente en un contexto donde se busca facilitar el cumplimiento de la normativa vigente sin generar trabas innecesarias.

La decisión también implicó la modificación de la Resolución 21/2009, que establecía la necesidad de acreditar el pago de multas para el levantamiento de medidas preventivas. A partir de ahora, la presentación de la declaración jurada adeudada será suficiente para que se dejen sin efecto dichas sanciones.

Con esta medida, el INYM avanza en la línea marcada por el Decreto 90/2025 del Poder Ejecutivo Nacional, que apunta a reducir la burocracia, mejorar los procesos internos del Estado y facilitar el desarrollo del sector productivo, en este caso, el yerbatero.

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