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Resolución 170

El Presidente de la Legislatura Misionera manifestó su apoyo al presidente del INYM y “coincidencia total” con el juez Casals

03/12/21
Institucionales
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El ingeniero Carlos Rovira respaldó la competencia del Juez Federal de Posadas en la disputa legal entre el INYM y la medida cautelar solicitada por la empresa La Cachuera SA. También destacò "el coraje del presidente del INYM en la defensa de los pequeños productores y un precio justo"   

El presidente de la Cámara de Representantes de Misiones, el ingeniero Carlos Rovira, destacó este viernes 3 de diciembre la actitud tomada por el juez federal de Posadas, José Luis Casals, quien reclamó la competencia en el caso del recurso de amparo referido a la Resolución 170 del INYM, el cual había sido presentado por la firma La Cachuera SA en el Juzgado Federal de Paso de los Libres (Corrientes).

En ese sentido, el ingeniero Rovira manifestó su “coincidencia total con la firme y acertada decisión” del juez Casals al declararse competente y “poner orden ante el atropello de una autoridad de la justicia federal de Corrientes” que dio curso al planteo efectuado por una empresa misionera. Consideró que el rol asumido por el juez federal de Paso de los Libres implica un serio perjuicio para los pequeños productores, poniendo por encima de ellos el interés empresario al darle vía libre para plantar miles de hectáreas.
Al mismo tiempo, Rovira expresó su apoyo al presidente del INYM, Juan José Szychowski, por la firmeza en su gestión y el “coraje y la trascendencia en su accionar en defensa de los pequeños productores y por mantener firme el camino de un precio justo”.

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Cabe recordar que será la Corte Suprema de Justicia de la Nación quien deberá determinar qué juez es competente para tratar el recurso interpuesto por la empresa La Cachuera SA.

Cronología del pedido de amparo

El jueves de la semana pasada el juez Gustavo Fresneda de la localidad correntina de Paso de los Libres (Corrientes) dio lugar a un recurso de amparo solicitado por la empresa misionera La Cachuera SA. En su escrito la firma hizo referencia a la Resolución 170/21 del INYM que determina que a partir de enero de 2022 todos los productores inscriptos podrán incorporar hasta 5 hectáreas de nuevas plantaciones. Esa medida del INYM ya fue ratificada por la Resolución 152/21 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación (MAGYP).


El viernes 26 de noviembre el INYM apeló esa cautelar bajo el argumento de que, tanto el Instituto como la firma La Cachuera SA tienen domicilio legal en la provincia de Misiones, por lo cual ese pedido debió haberse presentado en juzgado federal con asiento en Misiones. Ese mismo día el INYM solicitó por escrito al juez federal de Posadas, José Luis Casals, que tome la causa bajo su competencia.
Posteriormente Casals solicitó la competencia del caso a su colega de Paso de los Libres (Corrientes), Gustavo Fresneda, y como éste se negó, Casals envió un escrito a la Corte solicitando que sea la encargada de resolver el pleito.


Por su parte, el juez Fresneda envió todo al Tribunal de Alzada de la Capital correntina, desde donde le comunicaron que no son competentes para intervenir en el caso de dos partes domiciliadas en Misiones. Y le ordenaron que remita el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Equidad y arraigo rural


Vale remarcar que la medida dispuesta por el INYM tiene como objetivo fortalecer la sustentabilidad del sector yerbatero, poniendo en un plano de igualdad a grandes, medianos y pequeños productores para que puedan desarrollar nuevas plantaciones. De esta manera, se incentiva el arraigo de miles de familias de pequeños productores en sus chacras y se promueve un equilibrio en la oferta y demanda del producto; en el marco de un modelo de inclusión social y equidad territorial.


En su articulado determina que a partir de enero de 2022 todos los productores inscriptos podrán incorporar hasta 5 hectáreas de nuevas plantaciones. Además, podrán implantar anualmente hasta el 2% de las superficies de yerbales ya existentes y declarados ante el INYM, y estarán habilitados para reponer todas las plantas secas o muertas dentro de un lote ya declarado, sin alterar la densidad original de la plantación.

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