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Res. INYM 16/2017 Constancia de aprobación de balanza

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Titulares de Plantas deberán presentar al INYM hasta el día 31/07/2017, la CONSTANCIA DE APROBACION DE BALANZA emitida por el INTI.
ARTÍCULO 1° — ESTABLECESE que los titulares de Plantas inscriptas en el Registro de Plantas de la
Actividad Yerbatera, deberán presentar al INYM hasta el día 31/07/2017, la CONSTANCIA DE
APROBACION DE BALANZA emitida por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL
(INTI). Esta obligación podrá ser cumplimentada por parte del operador vinculado a la misma.
ARTÍCULO 2° — ESTABLECESE que aquellas plantas que no contaren con balanza, deberán informar la balanza en la que se efectúa el pesaje, a efectos de que desde este Instituto se verifique su aprobación
correspondiente.
ARTÍCULO 3° — El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Resolución hará
pasible al infractor de las sanciones previstas en la Ley 25.564, su Decreto Reglamentario y las
disposiciones que en su consecuencia se dicten.