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Res. INYM 19/2017 Declaración Jurada de Tenencia Legítima

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Resumen:
DETERMINASE QUE EN LOS CASOS EN LOS QUE LOS PETICIONANTES DE INSCRIPCION DE YERBALES NO CONTAREN CON LA DOCUMENTAL QUE DETERMINA LA RESOLUCION 366/2016, LOS MISMOS SERAN REGISTRADOS A NOMBRE DE QUIEN HA SIDO COMUNICADO COMO VINCULADO AL MISMO CONFORME LA INFORMACION SUMINISTRADA POR LOS CATASTROS DE LAS PROVINCIAS DE MISIONES Y CORRIENTES. PARA EL CASO QUE DICHOS ORGANISMOS NO HUBIEREN COMUNICADO NOMBRE ALGUNO, SERAN REGISTRADOS COMO “A DETERMINAR”.

Consulte aquí la normativa.