POR ELLO, EL DIRECTORIO DEL INYM RESUELVE
ARTÍCULO 1º: PORROGASE hasta el día 31 de Diciembre de 2.024 la presentación de la CONSTANCIA DE APROBACION DE BALANZA emitida por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) por parte de los operadores obligados, conforme lo establecido por Resolución 16/2017.
ARTICULO 2º: REGÍSTRESE. Publíquese por UN (1) día en el Boletín Oficial. Tomen conocimiento las Áreas de competencia. Cumplido, ARCHÍVESE.
VISTO: las disposiciones de la Ley 25.564, el Decreto Reglamentario Nº 1.240/02, y las Resoluciones 57/2008 y 16/2017, y; CONSIDERANDO:
QUE, por Resolución 16/2017 se estableció que los titulares de Plantas inscriptas en el Registro de Plantas de la Actividad Yerbatera, deberán presentar al INYM hasta el día 31/07/2017, la CONSTANCIA DE APROBACIÓN DE BALANZA emitida por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), pudiendo ser cumplimentada esta exigencia por parte del operador vinculado a la misma.
QUE, dicha Resolución ha determinado que aquellas plantas que no contaren con balanza, deberán informar la balanza en la que se efectúa el pesaje, a efectos de que desde este Instituto se verifique su aprobación correspondiente.
QUE, la exigencia respecto a las básculas aprobadas ha sido prorrogada en distintas oportunidades dado el alto grado de titulares de plantas que tuvieron diversos inconvenientes, generando a su vez problemas en los operadores vinculados a las mismas.
QUE, por Resolución 324/2020 se aprobó la contratación de la empresa que desarrollará la Aplicación Web de trazabilidad de la yerba mate, siendo un recurso de base tecnológica que permite un fácil, inmediato y seguro registro de las operaciones, y que cumple con las necesidades particulares de la actividad yerbatera, el cual se encuentra en etapa de prueba y constituye un requisito previo para la implementación de las nuevas metodologías de control de operaciones con yerba mate.
QUE, analizada dicha circunstancia en reunión de Subcomisión de Fiscalización de fecha 13/12/2022, se sugirió la determinación de una prórroga por dos (2) años de la exigibilidad de los certificados de básculas por parte del INYM, sin perjuicio del correcto control de las balanzas por parte del Organismo de contralor correspondiente.
QUE, el Área Legales del INYM ha tomado intervención.
QUE, el INYM se encuentra facultado para disponer las medidas y acciones necesarias a fin de hacer cumplir la Ley 25.564, su Decreto Reglamentario 1240/02 y las disposiciones que en su consecuencia se dicten relacionadas con los objetivos del INYM, según se desprende de lo dispuesto en los Art. 4 y 5 de la Ley 25.564.
POR ELLO, EL DIRECTORIO DEL INYM RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: PORROGASE hasta el día 31 de Diciembre de 2.024 la presentación de la CONSTANCIA DE APROBACION DE BALANZA emitida por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) por parte de los operadores obligados, conforme lo establecido por Resolución 16/2017.
ARTÍCULO 2º: REGÍSTRESE. Publíquese por UN (1) día en el Boletín Oficial. Tomen conocimiento las Áreas de competencia. Cumplido, ARCHÍVESE.
Nelson Omar Dalcolmo - Juan Jose Szychowski – Herminda Maria Gabur - Joaquín Comas – Marcelo German Horrisberger – Jonas Erix Petterson – Claudia Marcelo Hacklander - Danis Koch - Alejandro Raúl Lucero – Alfredo Denis Bochert – Sixto Ricardo Maciel
e. 30/12/2022 N° 107049/22 v. 30/12/2022