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Res. INYM 75/2022

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Resolución 75/2022
Posadas, Misiones, 25/03/2022

VISTO: las actuaciones “Expte. INYM Nº 3430/2021– Convocatoria Entidades para Elección de Miembros del Sector Privado del Directorio”, y;

CONSIDERANDO:

QUE, teniendo en cuenta la proximidad de la fecha de vencimiento de los mandatos de los representantes de los sectores privados y sindical que integran actualmente el Directorio del INYM, oportunamente se decidió el inicio del procedimiento legal establecido.

QUE, por Resolución 42/2022 se convocó a las Entidades y Asociaciones que integran los sectores de la actividad yerbatera indicados en el Artículo 6° de la Ley 25.564, incisos: d) Sector Industrial; e) Productores primarios yerbateros; f) Cooperativas agrícolas yerbateras; g) Entidades que nucleen a los obreros rurales yerbateros; y h) Secaderos; para que procedan a su inscripción en el “Registro de Entidades y Asociaciones Privadas habilitadas para la designación de Directores del INYM”.

QUE, asimismo se convocó a las Entidades y Asociaciones que ya se encuentran inscriptas en el mencionado Registro, a los fines que actualicen la documentación presentada en su oportuna inscripción, mediante copia certificada de la Personería jurídica actualizada, memoria y balance aprobadas correspondiente al último ejercicio y Autoridades vigentes de la entidad.

QUE, la mencionada Resolución 42/2022 fijó el día 23 de marzo de 2022, como fecha límite para la inscripción en el “Registro de Entidades y Asociaciones Privadas habilitadas para la designación de Directores del INYM”.

QUE, teniendo en cuenta que toda la documentación deberá ser presentada en original o copia certificada por Escribano Público o Juez de Paz, y que las entidades que no se inscriban en el registro mencionado en el Artículo anterior o que no cumplan con los requisitos legales indicados no estarán habilitadas para participar en el procedimiento de designación de miembros del Directorio del INYM, se decidió establecer un plazo exclusivamente para esta circunstancia y destinado a aquellas entidades ya presentadas.

QUE, resulta necesario actualizar el Registro de Entidades habilitadas para participar en el procedimiento de designación de los Directores del INYM, a efectos de permitir la individualización de cada una de ellas y de verificar el cumplimiento de lo establecido en el Art. 6 in fine de la Ley 25.564, y del Art. 13 in fine del Estatuto del INYM.

QUE, el Area Legales ha tomado intervención para el dictado del presente instrumento.

QUE, la presente Resolución se sustenta en las disposiciones contenidas en el Título IV, Capítulos I, II y III de la Ley 25.564 y el Art. 13º del Estatuto del INYM.

QUE, el INYM se encuentra facultado para aplicar las medidas necesarias a fin de hacer cumplir la Ley 25.564, su Decreto Reglamentario 1240/02 y las disposiciones que en su consecuencia se dicten relacionadas con sus objetivos, según se desprende de lo dispuesto en los Arts. 4 y 5 de la Ley 25.564.

POR ELLO, EL DIRECTORIO DEL INYM RESUELVE

ARTICULO 1º: ESTABLECER que aquellas entidades ya presentadas en el actual proceso de renovación de Directores aprobado por Resolución 42/2022, tendrán plazo hasta el día 31 de Marzo de 2022 para presentar la documentación faltante.

ARTICULO 2º: NOTIFIQUESE. PUBLIQUESE en el Boletín Oficial de la República Argentina por un (1) día y en medios de publicación masiva. Cumplido, ARCHIVESE.

Nelson Omar Dalcolmo - Juan José Szychowski - Claudio Marcelo Hacklander - Rubén Oscar Alvez - Marcelo Germán Horrisberger - Raúl Ayala Torales - Jonas Erix Petterson - Alejandro Raúl Lucero - Danis Koch - Denis Alfredo Bochert - Sixto Ricardo Maciel

e. 28/03/2022 N° 18401/22 v. 28/03/2022

Fecha de publicación 28/03/2022

Resolución 75/2022
Posadas, Misiones, 25/03/2022

VISTO: las actuaciones “Expte. INYM Nº 3430/2021– Convocatoria Entidades para Elección de Miembros del Sector Privado del Directorio”, y;

CONSIDERANDO:

QUE, teniendo en cuenta la proximidad de la fecha de vencimiento de los mandatos de los representantes de los sectores privados y sindical que integran actualmente el Directorio del INYM, oportunamente se decidió el inicio del procedimiento legal establecido.

QUE, por Resolución 42/2022 se convocó a las Entidades y Asociaciones que integran los sectores de la actividad yerbatera indicados en el Artículo 6° de la Ley 25.564, incisos: d) Sector Industrial; e) Productores primarios yerbateros; f) Cooperativas agrícolas yerbateras; g) Entidades que nucleen a los obreros rurales yerbateros; y h) Secaderos; para que procedan a su inscripción en el “Registro de Entidades y Asociaciones Privadas habilitadas para la designación de Directores del INYM”.

QUE, asimismo se convocó a las Entidades y Asociaciones que ya se encuentran inscriptas en el mencionado Registro, a los fines que actualicen la documentación presentada en su oportuna inscripción, mediante copia certificada de la Personería jurídica actualizada, memoria y balance aprobadas correspondiente al último ejercicio y Autoridades vigentes de la entidad.

QUE, la mencionada Resolución 42/2022 fijó el día 23 de marzo de 2022, como fecha límite para la inscripción en el “Registro de Entidades y Asociaciones Privadas habilitadas para la designación de Directores del INYM”.

QUE, teniendo en cuenta que toda la documentación deberá ser presentada en original o copia certificada por Escribano Público o Juez de Paz, y que las entidades que no se inscriban en el registro mencionado en el Artículo anterior o que no cumplan con los requisitos legales indicados no estarán habilitadas para participar en el procedimiento de designación de miembros del Directorio del INYM, se decidió establecer un plazo exclusivamente para esta circunstancia y destinado a aquellas entidades ya presentadas.

QUE, resulta necesario actualizar el Registro de Entidades habilitadas para participar en el procedimiento de designación de los Directores del INYM, a efectos de permitir la individualización de cada una de ellas y de verificar el cumplimiento de lo establecido en el Art. 6 in fine de la Ley 25.564, y del Art. 13 in fine del Estatuto del INYM.

QUE, el Area Legales ha tomado intervención para el dictado del presente instrumento.

QUE, la presente Resolución se sustenta en las disposiciones contenidas en el Título IV, Capítulos I, II y III de la Ley 25.564 y el Art. 13º del Estatuto del INYM.

QUE, el INYM se encuentra facultado para aplicar las medidas necesarias a fin de hacer cumplir la Ley 25.564, su Decreto Reglamentario 1240/02 y las disposiciones que en su consecuencia se dicten relacionadas con sus objetivos, según se desprende de lo dispuesto en los Arts. 4 y 5 de la Ley 25.564.

POR ELLO, EL DIRECTORIO DEL INYM RESUELVE

ARTICULO 1º: ESTABLECER que aquellas entidades ya presentadas en el actual proceso de renovación de Directores aprobado por Resolución 42/2022, tendrán plazo hasta el día 31 de Marzo de 2022 para presentar la documentación faltante.

ARTICULO 2º: NOTIFIQUESE. PUBLIQUESE en el Boletín Oficial de la República Argentina por un (1) día y en medios de publicación masiva. Cumplido, ARCHIVESE.

Nelson Omar Dalcolmo - Juan José Szychowski - Claudio Marcelo Hacklander - Rubén Oscar Alvez - Marcelo Germán Horrisberger - Raúl Ayala Torales - Jonas Erix Petterson - Alejandro Raúl Lucero - Danis Koch - Denis Alfredo Bochert - Sixto Ricardo Maciel

e. 28/03/2022 N° 18401/22 v. 28/03/2022

Fecha de publicación 28/03/2022