Objetivo
Facilitar el acceso económico para la adquisición de motobombas para el traslado de agua para productores yerbateros para la prevención y combate de incendios y riego de plantaciones de yerba mate.
Actualizado: 15/11/24.
Destinatarios: Productores de Yerba Mate inscriptos en el INYM con una antigüedad mínima de dos años, que cumplan con los siguientes requisitos:
- No poseer multas firmes, impagas ni convenios de pagos caídos (se entiende como tales aquellas que se encuentren notificadas y no fueron apeladas).
- No tener litigios judiciales en trámite en los que el INYM sea parte y tenga por objeto cuestiones de carácter patrimonial.
- Haber tenido movimientos de hoja verde en alguno de los dos últimos años anteriores a la solicitud.
- A los productores con un volumen declarado mínimo de 4.840 kgs y hasta 60.000 kgs, se les reconocerá el 60% del total del implemento, con un tope de $200.000.
- A los productores con un volumen declarado mínimo de 60.001 kgs y hasta 150.000 kgs, se les reconocerá el 20% del total del implemento, con un tope de $200.000.
REQUISITOS:
- Cada operador productor deberá presentar una solicitud del implemento que requiera, en los formularios que serán habilitados a tal fin. Los mismos deberán ser acompañados por una factura pro-forma o presupuesto del implemento, detallando características y precios finales totales con impuestos incluidos en pesos argentinos.
- Las motobombas comprendidas en este programa deben tener una potencia de más de 5HP.
- Dicha factura proforma o presupuesto serán a nombre del Productor que solicitó el implemento, y de las empresas y/o proveedores inscriptos en el listado de “Proveedores de motobomba para productores yerbateros” que se hayan inscripto previamente en el Registro de Proveedores del INYM a efectos de participar en el programa, quienes deberán tener domicilio en la zona productora.
- El listado de proveedores será publicado en la página del INYM, juntamente con la descripción de la herramienta, marca, características y precio vigente.
- Cada proveedor rubricará un compromiso de provisión de la herramienta, cumplimiento de precios, garantía, atención post-venta y un certificado de realización del curso de capacitación para el manejo de la herramienta rubricada por el vendedor y el beneficiario. Si existieran variaciones o cambios en cualquiera de los puntos anteriores, deberán informar con 15 días de anticipación al INYM.
SOLO SERÁ RECONOCIDO UNA (1) MOTOBOMBA POR PRODUCTOR POR ÚNICA VEZ.
¿Dónde presentar la documentación?
La documentación debe presentarse online.
¿Cómo presentar la documentación?
El productor interesado en acceder al beneficio deberá adjuntar la siguiente documentación escaneada en este enlace
- Una solicitud habilitada para tal fin, acompañada por una factura pro-forma o presupuesto a nombre del operador solicitante, de la MOTOBOMBA, donde conste las característica. Dicha factura o presupuesto, deberá ser consignada en pesos con todos los impuestos incluidos.
- Cumplimentar la declaración jurada de no utilización de mano de obra infantil.
- Efectuado el control en el INYM de cada solicitud presentada, se determinará, por Resolución del Directorio, el importe a reconocer como mecanismo de apoyo.
- Lo resuelto se notificará al proveedor y al peticionante a fin de que el mismo proceda a realizar la compra. Una vez finalizada esta tarea, deberá comunicar al Área Técnica del INYM a fin de que se proceda a la verificación de entrega de la herramienta in situ, con el objetivo de constatar las características del implemento, y las condiciones de entrega. El INYM estampará una identificación con el sello institucional y un número de serie de identificación correlativo que no podrá ser destruida.
PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO:
- Presentar COPIA DE LA FACTURA de la herramienta autorizada por el INYM, emitida por un proveedor previamente inscripto en el listado habilitado al efecto. No se aceptarán presupuestos de herramientas que no estén comprendidas en el listado del INYM.
- Cada herramienta deberá contar con un certificado de garantía otorgado por el vendedor.
- Certificado de realización del curso de capacitación para el manejo de la herramienta es requisito obligatorio para el reconocimiento comprendido en el programa, se solicitará la constancia respectiva rubricada por el vendedor y el beneficiario.
- El INYM se reserva el derecho de verificar y auditar el uso posterior del implemento en el momento que estime conveniente, para asegurar el buen uso y destino específico otorgado a cada herramienta de acuerdo a los objetivos planteados por el programa. Para ello, el beneficiario deberá tener a disposición ante cualquier verificación de la herramienta o informar su ubicación.